domingo, noviembre 10, 2024
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México aprueba el uso recreativo de la marihuana en el país

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La Cámara de Diputados de México aprobó hoy con 316 votos a favor y 129 en contra la Ley Federal para la Regulación del Cannabis que regula el cultivo, la producción, el consumo, la distribución, la industrialización y la venta de la marihuana para consumo personal, es decir, lúdico o recreativo, lo que representa un cambio radical en las políticas de drogas a nivel mundial y da inicio a un mercado multimillonario que ya es disputado por grandes empresas.

Con esta decisión, México se convierte en el tercer país del mundo, después de Uruguay y Canadá, en regular por completo el mercado de la marihuana, aunque tiene un mayor impacto debido a que es uno de los principales países productores de la planta y a que padece una violencia endémica vinculada al narcotráfico, que ha dejado a millones de víctimas.

El debate, que duró más de cuatro horas y en el que también se reformaron la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, puso fin a un proceso que la Suprema Corte de Justicia comenzó en 2018, al fallar a favor de consumidores que habían interpuesto un amparo para poder usar cannabis con fines personales.

Desde entonces, las organizaciones de usuarios intensificaron la lucha por la legalización con marchas, plantones y protestas que incluyeron impugnaciones hasta el último minuto, ya que consideran que la nueva ley tiene un enfoque predominantemente comercial y no de derechos humanos, lo que era su premisa al exigir la regulación.

Su queja principal se centra en el mantenimiento de la criminalización de los consumidores, ya que la nueva normativa impone penas si se superan los topes establecidos para el autocultivo y la posesión de la planta.

Durante el debate, quienes apoyaron la iniciativa subrayaron que las políticas prohibicionistas impuestas por EE.UU., a través de la llamada «guerra contra las drogas«, provocó mayores daños en México que el consumo y el tráfico de sustancias. 

Por el contrario, las y los diputados que votaron en contra advirtieron que la legalización «atentará» contra la salud de las familias.

¿Qué dice la Ley?

A lo largo de 55 artículos, la nueva norma establece que, a partir de ahora, el cannabis y sus derivados están autorizados en México para adultos que los quieran consumir con fines personales; en uso compartido en asociaciones civiles (lo que en Uruguay llaman clubes cannábicos); así como para la comercialización y su producción industrial.

Los mayores de 18 años no podrán consumir frente a menores u otras personas que no manifiesten expresamente su consentimiento, mientras que la venta solo se podrá realizar en territorio nacional y en establecimientos autorizados. En ningún caso estará permitida la publicidad de la marihuana.

Las Asociaciones de consumidores deberán constituirse con un mínimo de dos y un máxima de 20 personas asociadas, todas mayores de edad, y podrán sembrar; cultivar, cosechar, aprovechar, preparar y consumir. El tope de siembra es de cuatro plantas de cannabis psicoactivo por persona asociada al año. Y no se podrá pertenecer a más de una Asociación por persona.

Con respecto a la comercialización, los establecimientos interesados deberán tramitar una autorización y no podrán vender más de 28 gramos por día a la misma persona.

Por otra parte, las licencias con fines industriales serán de cinco tipos: para el cultivo (adquisición de semilla o plántula, siembra, cosecha y preparación), transformación (fabricación y producción), comercialización (distribución y venta al público), exportación o importación (incluye el ingreso a México de cannabis no psicoactivo o productos elaborados, pero cumpliendo normas y tratados internacionales para precisar destino u origen) e investigación.

Para supervisar todos los aspectos del nuevo mercado, se creará el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, que será un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, y que coadyuvará en la determinación de las políticas públicas y ejes centrales del control sanitario del cannabis y sus derivados; otorgará, modificará, renovará, suspenderá o revocará licencias.

La penalización se mantiene, ya que se impondrá prisión de uno a tres años de prisión y de 200 a 400 días de multa, a quien comercie o suministre sin autorización hasta 200 gramos de cannabis psicoactivo. Si la cifra es mayor, la pena será de cinco a 15 años.

Los activistas siempre han denunciado que a las fuerzas de Seguridad no les importan los topes supuestamente legales, porque siempre les «siembran» más sustancias para poder extorsionarlos.

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